miércoles, 24 de julio de 2019

La censura de libros en los siglos XV y XVI. Por Dr Luís Veres














Resumen: La Inquisición española había tenido diversas intervenciones a finales del S.XV en lo que a cultura se refiere. Con ello se conseguía continuar unas pautas ya establecidas por las instituciones eclesiásticas. De este modo, la persecución de cualquier tipo de doctrina reprobable debía ir acompañada de la destrucción de todos aquellos elementos que de alguna manera la recordasen o facilitaran su revitalización. En definitiva, la censura de libros no es sino una aplicación de este principio. Un buen conocimiento de la historia literaria exige un conocimiento de aquellas obras que no pudieron circular en su momento o cuya presencia se retrasó a causa de las contravenencias propiciadas en las instancias censoras. Palabras clave: censura de libros, índices inquisitoriales, inquisición, control cultural

No hay nada que indigne más a un escritor que la amenaza de la censura. José María Blanco White advertía a principios del S.XIX que quien deseara formar una buena biblioteca debería escoger exclusivamente sus libros en el Índice de libros prohibidos. Y ello es cierto si se tiene en cuenta que buena parte de la literatura española estuvo censurada, expurgada, abreviada y cortada por las acciones de la censura. Por tanto un buen conocimiento de la historia literaria exige un conocimiento de aquellas obras que no pudieron circular en su momento o cuya presencia se retrasó a causa de las contravenencias propiciadas en las instancias censoras.

La Inquisición española había tenido diversas intervenciones a finales del S.XV en lo que a cultura se refiere. Con ello se conseguía continuar unas pautas ya establecidas por las instituciones eclesiásticas. De este modo, la persecución de cualquier tipo de doctrina reprobable debía ir acompañada de la destrucción de todos aquellos elementos que de alguna manera la recordasen o facilitaran su revitalización. En definitiva, la censura de libros no es sino una aplicación de este principio.

En 1520 ya se había producido la explosión con todas sus consecuencias de la rebelión protestante. La Iglesia católica se encontró ante una doctrina que cuestionaba el proceso de institucionalización iniciado en el S.XIII que parecía que podía amenazar su propia existencia. La reacción de la Iglesia debía ser necesariamente rotunda al respecto. Pero para ello iba a transcurrir casi medio siglo con un debate sobre los medios para afrontar dicho conflicto. La condena y prohibición de libros fue uno de los medios de combate contra los rebeldes. De ahí que, aunque la censura no sea nueva en la historia eclesial, nos encontramos en un momento en que toma unas dimensiones muy importantes para lo que es el desarrollo de la cultura. Por esa razón muchos historiadores señalan que nos encontramos ante una nueva censura que se inicia en 1521, año de la primera prohibición de las obras de Lucero en España. A partir de ese año se consolida la práctica de prohibir las obras de algunos autores mediante edictos inquisitoriales, aunque todavía se estuviese lejos de la configuración del aparato censor que se edificaría a lo largo del S.XVI.

Con la publicación del catálogo de libros prohibidos del inquisidor general Valdés en 1559 se produce un endurecimientos en las instancias eclesiales e inquisitoriales frente a las doctrinas protestantes o frente a aquellas ideologías ambiguas que podrían dar pie a posturas semejantes a las de los disidentes. Entramos, pues, en un periodo en el que la estrategia contra el protestantismo tendrá sus repercusiones en el campo de la censura y se plasmará en una nueva práctica censorial nítidamente diferenciada del periodo anterior.

Los instrumentos de la prohibición de libros durante este periodo fueron los edictos prohibitorios y los índices de libros prohibidos. El Consejo de la Inquisición comunicaba las prohibiciones mediante Cartas Acordadas. Los tribunales debían difundir estas prohibiciones mediante la publicación de edictos que se colocaban en las puertas de las iglesias. Aunque no está localizados los edictos del S.XVI, sí que lo están gran parte de estas cartas que dan lugar a los edictos prohibitorios. Ello permite saber la fecha exacta de la prohibición de un buen número de libros y una idea más exacta del desenvolvimiento de la actividad censoria.

2-Los índices inquisitoriales y la literatura.


Junto al escritor procesado, la opinión popular identifica la acción inquisitorial sobre la literatura con el índice de libros prohibidos y expurgados. El índice es uno de los más poderosos instrumentos de fiscalización que poseen los inquisidores y, también, su más valioso documento. Lo mismo que ocurría en el S. XVII es válido para el S.XVI o en palabras de Sierra Corella: “Los catálogos españoles de 1612, 1632, 1640 y 1667 tienen un valor histórico, religioso, político, literario y bibliográfico que excede toda ponderación mereciendo muy buen estudio y capítulo aparte.” [1]

En primer lugar hay que diferenciar entre índices prohibitorios e índices expurgatorios. Algunos historiadores, como Cotarello, denominan expurgatorios a unos y otros. Joseph Mendham, en su Historia de los Índices de la Iglesia Romana, distingue entre índices prohibitorios que, específicamente, prohíbe a un autor o a una obra enteramente, y el expurgatorio, el cual puede aparecer o no unido al prohibitorio y en el que se contiene un examen de las obras prohibidas especificando los pasajes condenados que deben suprimirse o modificarse.

Algunos autores, como Boyd, biógrafo del inquisidor Quiroga, mantiene que el índice expurgatorio de 1584 fue el primero en España y considera que dicha medida fue algo liberalizadora. Esta valoración, que puede parecer sorprendente, sí que responde a la realidad. Muchos documentos ponen de relieve que la medida iba encaminada a salvar ciertas obras literarias importantes que cuya circulación había sido interrumpida a causa de que presentaban algún que otro pasaje objetable. Por otra parte, la alternativa al expurgatorio no era otra que la hoguera, aunque ésta no fuese el deseo de sus creadores. Desde la Pragmática de los Reyes Católicos del 8 de junio de 1502, incluso antes también de hecho, los libros prohibidos eran “quemados públicamente en la plaza de la ciudad o villa o en el mismo lugar donde vendiese o los ovieredes vendido”. [2]

A partir del Index librorum expurgatorum, de Quiroga (1584), los libros suelen especificar en sus títulos si eran prohibitorios o expurgatorios. Los índices españoles llevan en portada ambos títulos junto al nombre del inquisidor que lo mandó confeccionar y por el que son conocidos. Será a partir de 1612 cuando, con el índice de Sandoval de ese año, los autores y obras se clasifiquen en clases -primera, segunda y tercera clase- siguiendo el orden alfabético establecido desde la época de Valdés, en 1559, añadiendo al final de cada clase y letra los títulos en portugués, italiano, francés y alemán. Obviamente, la clase responde a la gravedad del delito: las dos primeras están reservadas a los herejes y heresiarcas o cabezas de herejía, es decir, a los fundadores de nuevas sectas; y la tercera a obras anónimas. Primero aparecen los escritos en latín, luego los escritos en castellano y, posteriormente, los escritos en lenguas extranjeras.

Los índices inquisitoriales españoles tienen su pequeña andadura histórica. El primero es de 1551, el cual reproduce el de Lovaina de 1550 pero con la añadidura de un listado de obras españolas. Según Marcel Bataillon y Revah, hubo un índice impreso en 1547 del cual no se ha conservado ejemplar alguno.

Según estos hechos, el índice español sobre obras castellanas había comenzado con la prohibición de obras individuales de las cuales la primera había sido el Diálogo de la doctrina cristiana de Juan de Valdés (1529), seguido del Diálogo de Mercurio y Carón, de su hermano Alfonso, que se prohíbe en 1531. extrañamente esta obra no figura en el índice de Valdés de 1551. En verdad, el índice de Valdes de 1559 marca, según Antonio Márquez, un cambio radical respecto a los Índices anteriores, pues por primera vez entran en él obras propiamente literarias y, al mismo tiempo, como señala Revah, hasta entonces la espiritualidad erasmista difícilmente era obstaculizada por prohibiciones leves de inclusión en un índice.

En cuanto a la novela, además de Gamaliel, novela que curiosamente se va a mantener en el índice hasta el S. XIX, se añade Caballería Celestial, Lazarillo de Tormes -primera y segunda parte- las novelas de Boccacio. La poesía está representada por el Cancionero General, aunque se limite a las obras de burla en lo referente a la devoción. También Jorge de Montemayor y Garci Sánchez de Badajoz. Aparte de toda clase de ensayos religiosos, se prohibe con especial hincapié el Dialogo de Mercurio y Carón “en cualquier lengua”, pero no se menciona al autor. El silencio del nombre del autor es importante en el estudio de la literatura, ya que tanto Alfonso como Juan de Valdés son condenados por sus nombres en el Índice de Milán de 1554. En el Índice romano de Paulo IV, de 1559, se condenan todas las obras de Juan de Valdés. Es imposible que los inquisidores desconociesen estos hechos, aunque no tuviesen otra información que la del público. No obstante surge una incógnita: ¿Por qué los inquisidores silenciaban a sus autores y, sin embargo, censuraban las obras? Una primera hipótesis apunta a que todavía no estaba suficientemente asentada la noción de autor a principios del S.XVI. Otra razón es que la publicación de los nombres de los autores podía servir de mecanismo de publicidad de los considerados herejes. Finalmente, dicha omisión se podía deber a razones de tipo práctico: sencillamente los libros con su título eran suficientemente significativos como para obviar los detalles del nombre de su autor.

Tanto el índice de 1551 como el de 1559 son obras del mismo autor que responden a una misma finalidad: la proscripción de la literatura erasmista y la literatura a lo divino, de la mística y la picaresca. También contribuyen a la persecución de moros y judíos, así como de la Vulgata y las críticas religiosas. En la configuración de este Índice hay que tener en cuenta la imposibilidad de publicar libro alguno sin la firma de Pedro de Tapia, Secretario del Santo Oficio. Por ello, como señala Márquez, los índices son los puntos álgidos de un largo proceso de censura. En total, la Inquisición publicó once Índices en España más algunos apéndices: Valdés (1551 y 1559), Quiroga (1583 y 1584), Sandoval (1612), Zapata (1632), Sotomayor (1640), Valladares-Marín (1707), Pérez de Prado (1747) y Rubín de Ceballos (1790).

En el Índice de Valdés, en el Catálogo de los libros en Romance, se prohíben las siguientes obras: Orphea, comedia anónima y sin identificar; Amadis, de Gil Vicente; Audi filia, del maestro Ávila (ensayo); Caballería Celestial o Pie de la Rosa fragante (novela anónima); Jacinta, comedia de Torres Naharro; Aquilana, de Torres Naharro; Thesorina, comedia de Iayme de Huete; Tidea, comedia de Francisco de las Natas; Colloquio de damas, de Aretino; Circe, de Giambatista Gelli; Diálogo de Mercurio y Carón, de Alfonso de Valdés; Diálogo de doctrina cristiana, de Juan de Valdés; Plácida y Victoriano, comedia de Juan del Encina; Custodia, farsa anónima atribuida a Bartolomé Palau; Iosephina, farsa anónima atribuida a Miguel de Carvajal; Oración y meditación, de Fray Luis de Granada; Guía de pecadores, de Fray Luis de Granada; Gamaliel, novela anónima; Lazarillo de Tormes; Lecciones de Job, anónimo; Cancionero general; Obras de Jorge de Montemayor; Obras del Christiano, de Francisco de Borja, Duque de Gandía; Resurrección de Celestina, comedia de Feliciano de Silva; Peregrinación de Ierusalem, de Pedro de Urrea; Peregrino y y Ginebra, de Caviceo; Propaladia, de Torres Naharro.

Frente a este listado, el Índice de Quiroga, desde el punto de vista literario, sólo añade cuatro obras y tres autores: Anselmo de Turmeda, Alfonso de Valdés y Huarte de San Juan. Como señala Márquez, Huarte de San Juan es el único autor en castellano que resultará expurgado en su obra Examen de ingenios. Hubo otras obras expurgadas como los Comentarios a San Lucas de Diego de Estella, pero estaba escrita en latín. También se expurgan otras obras de difícil catalogación literaria. [3]

En la mayoría de los Índices figura el nombre de las personas que contribuyeron en la labor de catalogación. Algunos se han hecho tan famosos, que los Índices son directamente conocidos por su nombre. Sin embargo hay que tener en cuenta que la maquinaria de la Inquisición era mucho más compleja y que estaba formada por un gran número e oficiales y funcionarios que se repartía por todo el Imperio y, especialmente, por las universidades, como era tradicional desde la Edad Media [4]. Los censores son, por lo general, clérigos regulares y seculares con títulos y grados en materias eclesiásticas como Teología o Derecho Canónico. La lista de calificadores o consultores de cada catálogo es abrumadora. Aunque, posiblemente, se trata de una coincidencia, la confección del mayor número de Índices se debe a los jesuitas.

Una cuestión relevante es preguntarse por lo que veían censurable las personas que realizaban dicho trabajo. Hay que tener en cuenta que el censor creía actuar por el bien de la comunidad y que por tanto creía firmemente en los peligros que dichos libros presentaban para la comunidad [5]. Al mismo tiempo actuaba el propio miedo del censor a ser reprendido y, por ello, el censor ponía sus cinco sentidos en su trabajo ya que todos los sustentadores del poder podían sentirse ofendidos por la obra literaria bajo sospecha: “Un tirano no puede fijarse en una fábula sin darse por aludido, comentaba un editor de Esopo en el S. XIX. [6]

3-Los censurados


Una primera lectura de los Índices publicados hasta 1848 da como resultado una lista de ochenta y dos autores censurados por la Inquisición. Seguramente, con la suma de los libros anónimos, éste llegaría al centenar. En el Índice de zapata de 1632 se afirma que se han añadido más de dos mil quinientos censurados, aunque muchos de estos autores eran autores no literarios.

Esta desproporción en las cifras se debe a que muchos de los autores censurados no figuran en todos los índices. Autores expurgados, como Cristóbal de Castillejo, no figuran en los índices y Lope de Vega, escritor cuyas representaciones resultan prohibidas, no figura en los catálogos inquisitoriales. Estos desbarajustes se deben esencialmente a que en la mente de los inquisidores existían preocupaciones más perentorias y urgentes que censurar lo obviamente registrado en su memoria y lo que ya no suponía una amenaza para los fines propuestos por los censores. Los inquisidores, en este sentido, mantuvieron una especial preocupación por los anónimos, ya que pensaban que era el signo de que estos autores mantenían una voluntad clandestina de seguir escribiendo.

Se piensa en los hermanos Valdés, en Villalón, en toda una serie de obras, alguna de ellas de primer orden, que permanecieron en la sombra hasta nuestros días, bien por su atrevimiento, bien por la sospecha de herejía que pesaba sobre su autor. [7]

Se impuso de este modo lo que Antonio Márquez denominó “la ley del silencio”. El anónimo se había declarado delito desde el Índice inquisitorial de Valdés de 1551. En 1612 se convierte en uno de los tres tipo de autores permanentemente prohibidos. A ello habría que sumar el gran número de seudónimos que se adoptaron por estos motivos. Nada se ha escrito sobre ellos a pesar de las abundantes menciones que a ellos se realizan en los índices. Además de los autores mencionados por Bataillon hay otros como los del Lazarillo, La Celestina, Góngora, Quevedo en los que manda y ese impone la ley del silencio. Góngora, por ejemplo, muere sin haber publicado una sola obra. Y, cuando, meses después de su muerte, aparecen las Obras en verso del Homero español que recogió Iuan López de Vicuña (1527) la Inquisición requisa rápidamente esta edición, apareciendo cinco años más tarde ya expurgada. En una carta del Consejo Supremo se hace referencia a El Buscón, del cual Quevedo no reconoce su autoría, razón que el citado Consejo esgrime para considerarla prohibida.

En relación con el anonimato habría que citar el incidente de Mal Lara. El 7 de febrero de 1561 aparecieron por Sevilla unos versos contra la Iglesia y el clero. Mal Lara fue arrestado por la Inquisición como sospechoso. Entre sus antecedentes figuraba el haber escrito algunos versos de alabanza del Dr. Constantino de la Fuente, autor condenado. Carpio, tío de Lope de vega será el encargado de su defensa. Los inquisidores desestimaron el asunto y poco después Mal Lara fue puesto en libertad.

También la propia Inquisición contribuyó a crear una variedad de anónimo. Los Inquisidores muchas veces conocían el nombre del autor de una obra, ya que quedaba reflejado en el expediente de censura, pero luego éste no quedaba reflejado en los Índices. Allí figuraba un rodeo referente a otra obra del mismo autor o aparecía sin nombre.

Hubo otro tipo de obra anónima, el constituido por aquellas obras que fueron destruidas por sus propios autores ante el miedo que les suscitaba la presión inquisitorial. El caso más notorio es el de San Juan de la Cruz, que literalmente se comió sus propios versos para evitar que cayesen en manos de sus enemigos. Lebrija, por su parte tuvo un incidente con el inquisidor Deza, el cual le confiscó uno de sus Comentarios con el fin de que el gran humanista dejara de escribir. De ahí que en esos años Luis Vives escribiera que “estamos pasando por tiempos difíciles en que no se puede hablar sin callar en peligro” y El Pinciano señalaba en una carta a Zurita “y lo peor de esto es que querían que nadie se aficionase a estas letras humanas por los peligros, como ellos pretenden, que en ellas hay.” Rodrigo Manriquez, hijo del inquisidor general, en una carta a Luis Vives, se pronunciaba con rotundidad con motivo de la detención de Juan de Vergara:

Cuando considero la distinción de su espíritu, su erudición superior, y lo que cuenta más, su conducta irreprochable, me cuesta mucho trabajo creer que se pueda hacer algún mal a este hombre excelente. Pero, reconociendo en esto la intervención de calumniadores desvergonzadísimos, tiemblo, sobre todo, si ha caído en manos de individuos indignos o incultos que odian a los hombres de valor, que creen llevan a cabo una buena obra piadosa, haciendo desaparecer a los sabios por una simple palabra, o por un chiste. Dices muy bien: nuestra patria es una tierra de envidia y soberbia; y puedes agragar de barbarie. En efecto, cada vez resulta más evidente que ya nadie podrá cultivar las buenas letras en España sin que al punto se descubra en él un cúmulo de herejías, de errores, de taras judaicas. De tal manera es esto que se ha impuesto silencio; y aquellos que corrían al llamado de la erudición, se les ha inspirado, como tú dices, un terror enorme. [8]

A este tipo de barbaridades que adentran nuestro país en una de las páginas más negras de su historia habría que añadirle otro tipo de obras que no aparecen en los Índices y que son aquellas que sus autores rehicieron: Fray Luis de Granada, Huarte de de San Juan, el Eusebio de Montegón, la Historia de Salamanca de Gomara o la completa refundición de la obra de Castillejo. Tampoco mencionan los Índices a Lope de Vega hasta 1801, y se sabe que al menos El divino africano fue recogida por la Inquisición y tampoco se menciona a Calderón, el cual había tenido un tropiezo con los inquisidores con Las órdenes militares.
 
4-Las listas del Índice.


Las listas de los autores nombrados en los Índices no poseen valor por sí mismas. Así pues, es necesario distinguir entre los autores prohibidos y los expurgados. Los autores expurgados suelen ser autores católicos, cuyas obras, por razones ajenas a su intención, han sido prohibidas temporalmente y luego expurgadas. La razón para que una obra sea incluida en el Índice como libro expurgado es la que se achacó en su día, ya que una obra como La celestina no será incluida en los Índices hasta finales del S.XVIII.A veces se producen expurgaciones un poco tontas como la de la Crónica General de España de Florián de Ocampo (1553) por hablar de Eusebio Cesarense como de “santo”.

Por ello no es de extrañar que el inquisidor Zapata se vanagloriase de haber introducido en su Índice más de dos mil quinientas obras. De este modo se expurgaron frases de El Quijote y de Marcos de Obregón de Vicente Espinel como “Pero podría yo caminando rezar” o “quedó con esto muy satisfecho el sacerdote”.

Muchos autores quedaron expurgados al margen del Índices, autores como Torres Naharro, el autor del Lazarillo, Castillejo, Góngora. En el S. XVI no hay más que un autor sustancialmente expurgado y éste es Huarte de San Juan, en el Índice de Quiroga, a causa de su explicación acerca de las relaciones orgánicas entre el cerebro y el entendimiento que tocaban el tema de la inmortalidad del alma. Dicho capítulo quedó totalmente expurgado. También se suprimió el capítulo dedicado al temperamento de Cristo. La censura sobre Huarte de San Juan se dirigió hacia cuestiones dogmáticas consideradas entonces como trascendentales. Y ese es el problema que afectó a numerosos humanistas del S.XVI, desde Lebrija a Arias Montano, el tratamiento de la autonomía de la razón, la validez del método empírico como método científico.

El impacto de la censura es más claro cuando una obra o un autor es prohibido en su totalidad, in totum, como señalan los censores. En este sentido, autores literarios de primera fila que se alejan totalmente de la ortodoxia del Índice sólo hay uno, Juan de Valdés. Otros autores, como Miguel Servet o Ponce de la Fuente pertenecen a la historia de la teología y no de la literatura y, respecto a Juan de Valdés, la censura cae sobre sus tratados religiosos, no sobre su obra literaria.

Muchos autores circulan libremente después de ser expurgados, como Torres Naharro o Gil Vicente. Lo normal es que un autor figure en el Índice con una sola obra prohibida, más raramente con dos. Entre los cincuenta y siete autores prohibidos solamente Juan de Valdés, Antonio Pérez, Bernardo de Quirós y Gil Vicente figuran alguna vez con todas sus obras prohibidas.

Menéndez Pelayo creía que muchas de estas obras habían ganado con el expurgo. Difícil de entender resulta dicho beneficio. La intención de los censores era privar a dichas obras de su sentido más crítico y, en principio, parece que el expurgo fue efectivo y que los autores o llegaron a su público muy tarde o se les desposeyó de la acción progresista que su obra un día tuvo. Es más, la censura supone siempre un impedimento para la creación artística, que puede haber dado honrosas excepciones en periodos muy concretos de nuestra literatura. Como dice Coetzee, “bajo la censura no florece la literatura”, sino que más bien posibilita lo que Isaac Babel llamó “el genero del silencio” es más, cabe preguntarse ¿cuántos libros dejaron de escribirse por miedo, cuantas páginas se perdieron para siempre en el fuego del olvido, cuantas obras quedaron en el genio de unos autores aterrorizados que jamás se atrevieron a enfrentarse al terror de la censura y sus instituciones? A mi juicio muchas, pecado mayor cuando se tiene en cuenta que nada justifica la intervención censora en nombre de la salvaguardia del bienestar moral del individuo.

Notas:
[1] A. Sierra Corella, La censura, p.78.
[2] Ibídem.
[3] Antonio Márquez-Márquez, Antonio, Literatura e Inquisición en España, Madrid, Taurus, 1980, p.152-153.
[4] Ricardo García Carcel, La Inquisición, , Barcelona, Biblioteca El Sol, 1990.
[5] J.M. Coetzee, Contra la censura. Ensayos Sobre la pasión por silenciar, Barcelona, Debate, 2007, p.24.
[6] Joseph Jacobs, citado por Annabel Patterson, Fables of Power, Duke University Press, Durham, 1991, p.17.
[7] Marcel Bataillon, Erasmo y España, México, FCE, 1991, p.654.
[8] Antonio, Márquez, Literatura e Inquisición en España, ed., cit., p.166.
[9] J.M. Coetzee, Contra la censura, ed., cit., p.26.

BIBLIOGRAFÍA
Bataillon, Marcel, Erasmo y España, México, FCE, 1991.
Coetzee, J.M., Contra la censura. Ensayos Sobre la pasión por silenciar, Barcelona, Debate, 2007.
García Carcel, Ricardo, La Inquisición, Madrid, Biblioteca El Sol, 1990. - -Jacobs, Joseph, citado por Annabel Patterson, Fables of Power, Duke University Press, Durham, 1991.
Márquez, Antonio, Literatura e Inquisición en España, Madrid, Taurus, 1980.
Ortiz Juárez, José María, Escritores cordobeses en los índices de libros prohibidos de los siglos XVI y XVII, Córdoba, José María Ortiz Juárez ed., 1995.
Pardo Tomás, José Ciencia y censura: La Inquisición española los libros científicos de los siglos XVI y XVII, Madrid, CSIC, 1991.
Patterson, Annabel, Fables of Power, Duke University Press, Durham, 1991.
Pinto Crespo, Virgilio, Inquisición y control ideológico en la España del S.XVI, Madrid, Taurus, 1983.

© Luis Veres 2008
Espéculo. Revista de estudios literarios. Universidad Complutense de Madrid
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